Las tres situaciones
| Situación | Qué pasa | Artículo |
|---|---|---|
| Subarrienda sin permiso | Responde solidariamente de los daños y el dueño puede rescindir | 2351 y 2360-III |
| Con autorización general en el contrato | El inquilino responde ante el dueño como si él siguiera usando el inmueble | 2352 |
| El dueño aprueba expresamente el subarriendo | El subarrendatario queda en lugar del inquilino, salvo pacto distinto | 2353 |
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Rentar una parte del inmueble a terceros también es subarrendar en parte, así que necesita el mismo consentimiento. Si el contrato dice que el uso es exclusivamente habitacional para el inquilino y su familia, dárselo a huéspedes además puede ser usar el inmueble para un fin distinto al convenido (art. 2296, fracción III).
Lo que dice la ley
Artículos leídos en el texto oficial. Cada liga abre la ley completa.
Art. 2351Código Civil del Estado de Aguascalientes El arrendatario no puede subarrendar en todo ni en parte, ni ceder sus derechos, sin consentimiento del arrendador; si lo hace, responde solidariamente con el subarrendatario.
Leer en el texto oficial(se abre en otra pestaña)Art. 2352Código Civil del Estado de Aguascalientes Con autorización general en el contrato, el arrendatario responde como si él mismo continuara en el uso de la cosa.
Leer en el texto oficial(se abre en otra pestaña)Art. 2353Código Civil del Estado de Aguascalientes Si el arrendador aprueba expresamente el subarriendo, el subarrendatario queda subrogado en los derechos y obligaciones del arrendatario, salvo convenio.
Leer en el texto oficial(se abre en otra pestaña)Art. 2360, fracción IIICódigo Civil del Estado de Aguascalientes El arrendador puede exigir la rescisión por el subarriendo en contravención al art. 2351.
Leer en el texto oficial(se abre en otra pestaña)Art. 2296, fracción IIICódigo Civil del Estado de Aguascalientes El arrendatario debe usar la cosa solo para el uso convenido.
Leer en el texto oficial(se abre en otra pestaña)
Información general sobre la ley de Aguascalientes. No es asesoría sobre un caso concreto: cada asunto se revisa con sus documentos.
Preguntas relacionadas
- ¿El dueño puede negarse sin razón?
- Si el contrato da derecho a subarrendar y el dueño se opone sin motivo fundado, el inquilino puede pedir la rescisión (art. 2363).